Lo más habitual, si pedimos financiación al banco para comprar una casa, es que este nos diga que tenemos que firmar varios seguros con la hipoteca para acceder a su oferta. Ahora bien, ¿es realmente obligatorio firmar estos productos o nos podemos librar de ellos? En este artículo explicaremos qué pólizas sí nos pueden obligar a suscribir por ley y qué otras podemos contratar voluntariamente para conseguir un interés más bajo.
El seguro de daños sí es obligatorio
Todos los bancos exigen, actualmente, que contratemos un seguro que cubra los daños que pueda sufrir el inmueble hipotecado en caso de siniestro. Esto es perfectamente legal, aunque hay que matizar que esa póliza puede suscribirse con cualquier compañía aseguradora y que la entidad no puede encarecernos la hipoteca si lo hacemos.
Asimismo, la actual ley hipotecaria también permite que los bancos nos obliguen a firmar un seguro de vida o de protección de pagos que garantice «el cumplimiento de las obligaciones del contrato». Como en el caso anterior, este se puede contratar con cualquier compañía y, en caso de que no sea con la que trabaja con la entidad, esta no puede subirnos el interés.
También puedes contratar pólizas para rebajar el interés
Hay muchos bancos, no obstante, que lo que proponen es rebajarnos el tipo de interés de nuestro préstamo hipotecario si, a cambio, suscribimos varios de sus seguros. Los más habituales son los multirriesgo de hogar (con más coberturas que el de daños), los de vida y los de protección de pagos. Y en caso de que no contratemos ninguno de ellos, simplemente exigen firmar el seguro de daños obligatorio con cualquier aseguradora.
¿Conviene contratar seguros con la hipoteca para abaratarla?
Contratar estos seguros como el banco, además de otros productos, nos puede venir bien para abaratar nuestro préstamo hipotecario. Ahora bien, como cuestan dinero, tendremos que valorar lo siguiente para asegurarnos de que nos saldrá a cuenta suscribirlos:
- El precio de las pólizas y de los otros servicios debe compensarse con la rebaja del tipo de interés. En caso contrario, como es lógico, no nos saldrá a cuenta contratar esos productos adicionales.
- Las coberturas de los seguros nos tienen que interesar, pues si no son las que buscamos, quizás sea más conveniente contratarlos con otras aseguradoras.
Debemos tener presente, además, que si esos seguros son de prima anual (lo más común), su precio puede subir cada 12 meses según la voluntad de la aseguradora. En tal caso, la compañía tendrá que avisarnos con dos meses de antelación para que decidamos si aceptamos el aumento o si preferimos no renovar el seguro (lo que encarecería la hipoteca).
En caso de que prefiramos no contratar las pólizas que nos ofrecen los bancos, podemos acudir a entidades que solo nos pidan contratar el seguro de daños obligatorio